domingo, 18 de marzo de 2018

PETICIÓN DE PENA

Su señoría, tras las conclusiones obtenidas con las pruebas y declaraciones realizadas a lo largo de este juicio, el ministerio fiscal desiste de pedir la prisión permanente revisable para el acusado.

Sostenemos, y las pruebas y declaraciones así lo han confirmado, que el acusado es un peligro para la estabilidad de esta sociedad y que no merece estar entre la gente de bien que le da forma.

Entre otras cosas, alegamos que:

- Se le encontró material subversivo, así como textos escritos blasfemando contra nuestro señor allá en los cielos, vulnerando el Acta de Libertad Religiosa para la Garantía de un Estado Láico.

- Se confirma el hecho de compartir vídeos sobre las fuerzas de seguridad en acto de servicio mientras protegían la sagrada institución de la soberanía popular.

- Se confirma el hecho de seguidismo a partidos radicales, extremistas y no afiliados a la unión de partidos democráticos S.A, declarados por ello proscritos a la espera de su afiliación a la asociación de Banca Partidista Nacional para la Libertad de Opinión.

- Se han obtenido imágenes del acusado en manifestaciones con el peligroso colectivo de pensionistas que, como bien es conocido por todos, ha sido declarado grupo terrorista recientemente.

- Se han obtenido imágenes del acusado en manifestaciones con el colectivo del sector sanitario que, como saben, vulnera el Estatuto de Reparto de Enfermos y Medicamentos de la actual y vigente ley de Externalización de Moribundos y Enfermos crónicos.

- Se ha comprobado la posesión de células solares fotovoltaicas para autoconsumo en el domicilio particular del acusado.

- Se ha confiscado un ordenador personal que no está conectado a la red, vulnerando así la ley de Protección de la Intimidad y Vigilancia de Actos Indeseables.

- Se ha confiscado la nada despreciable cantidad de 36'50 euros en metálico, así como la posesión de una única cuenta corriente, acto contrario a la Ley de Reparto de Beneficios Bancarios para la Democracia que obliga a tener por lo menos tres, y en dos entidades bancarias diferentes al amparo de la Ley Antimonopolio del Populacho.

- Se han obtenido resguardos de entradas de conciertos, cine y teatro para ver obras firmadas por autores que actualmente (y por suerte para la sociedad) ya están en la cárcel o proscritos según la ley de Buenas Maneras de Expresión y Vocabulario.

- Se han obtenido testimonios de testigo que afirman haber oído al acusado decir cosas tan contrarias a la ley como "fistro", "aikandemor" y "pecador de la pradera" ante niños y personas desfavorecidas.

- Se ha confiscado un libro de texto de hace unos años, concretamente del curso de cuarto de la ESO en el que el acusado pintó barba, gafas y bigotes a nuestra majestad Felipe II, haciendo, además, comentarios sobre el infundio de la pérdida de la santa armada invencible, acto contrario al artículo 659.2-3b ocho bis-c de nuestra carta magna en el que claramente se establece que las instituciones del estado son inviolables, así como la infalibilidad de sus majestades pasadas, presentes y futuras.

... y así un largo etcétera que ya hemos ido desgranando durante este juicio.

Sin embargo, y pese a tan graves hechos que han sido demostrados, retiramos nuestra petición de Prisión Permanente Revisable. No creemos justificado que una persona, por muy indeseable que sea, pase el resto de su vida encerrado en un centro penitenciario de una manera ilógicamente costosa, pudiendo, además, tener opción a revisar su condena y lograr de esta manera eludir la obligación de pasar el resto de sus días entre rejas.

Por lo tanto, y amparándonos en la ley de Estado Electoral Perpetuo recientemente aprobada por unanimidad en el congreso, procedemos a solicitar la pena de muerte para el acusado.

Gracias, señoría.